Tenencia de recibo de pago de la cuota del seguro en el vehículo

Confirmamos la no necesidad de portar en el vehículo el recibo que acredita el pago del seguro, según las Leyes de Orden Nacional y sus Artículos en los cuales queda claro que solamente es exigible el comprobante/tarjeta/certificado de cobertura que compruebe la emisión de una póliza y en vigencia con los datos del vehículo; siendo esta una Ley Nacional no puede ser modificada por ningún decreto o Ley provincial o comunal.

También debemos reconocer que en determinadas ocasiones la presión de la autoridad encargada de verificar esto a veces supera, con intensiones no bien claras, lo aquí mencionado dejando a criterio de cada uno como se debe llevar esta situación, y reiteramos que como siempre estamos a su disposición ante estos hechos.

WhatsApp chat
Háganos cualquier tipo de consulta referida a seguros...

Su tranquilidad es nuestra responsabilidad

    Nombre (requerido)

    Tu correo electrónico (requerido)

    Asunto

    Teléfono (requerido)

    Mensaje

    X
    CONSULTAS